Derecho a sala cuna en tiempos de Covid

¿Es procedente que el empleador continúe pagando la sala cuna de los trabajadores en pandemia? Conoce lo que ha señalado la Dirección del Trabajo.

Por medio del Dictamen 1884/014 del 11 de junio 2020, la Dirección del Trabajo se pronunció acerca del derecho de sala cuna en modalidad teletrabajo y emergencia sanitaria COVID-19.

 

En concreto, la Dirección del Trabajo señaló que no cesa la obligación del empleador de otorgar sala cuna a sus trabajadoras en los presupuestos del artículo 203 del Código del Trabajo, en el marco de la crisis sanitaria.

 

El Dictámen agrega que el derecho a que el empleador provea de la respectiva sala cuna y no siendo ello posible de cumplir bajo las actuales corcunstancias, habilita a las partes a acordar el pago de un bono compensatorio, considerando el carácter irrenunciable del derecho a sala cuna y la necesidad de resguardar la salud del menor.

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Jueves, 03 de Noviembre de 2022

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